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Estatuto
constitutivo |
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CAPÍTULO
PRELIMINAR
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ARTICULO
PRIMERO
La Federación - agrupación de Asociaciones
civiles americanas y europeas constituidas legalmente
de acuerdo a la legislación vigente en
cada país, no gubernamentales sin fines
de lucro, que por el presente Estatuto se constituye
se denominará FORO LATINOAMERICANO DE CIENCIAS
AMBIENTALES "FLACAM" y fija su domicilio
en la República Argentina, Ciudad de La
Plata, Partido del mismo nombre, Provincia de
Buenos Aires , Argentina. |
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CAPÍTULO
PRIMERO: Propósitos y Fines |
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ARTICULO
SEGUNDO Son
propósitos de la Federación dar
respuesta a diversas aspiraciones en el campo
de las ciencias ambientales, los cuales refieren
a cuestiones que hacen a la evolución del
pensamiento y la ciencia y a la necesidad de modernizar
los procedimientos educativos; en términos
sintéticos pueden describirse de la siguiente
manera :
a)
Responder a
la necesidad de desarrollar las ciencias ambientales,
en sus aspectos teóricos doctrinarios y
epistemológicos, pero en especial en su
aporte a la praxis de transformación beneficiosa
del ambiente humano.
b)
Provocar la
actitud proyectual, o de investigación
y acción en dicha praxis a cuyo efecto
ser necesario formar recursos humanos capacitados
para intervenir en todo el proceso de actuación
desde la concepción de que es necesario
transformar, pasando por el donde, para que, con
quien el como, en la responsabilidad de que la
gestión del ambiente reclama una clara
formación y evidente experiencia para afrontar
todos y cada uno de los aspectos integradores
de su problemática, pero sobre todo exige
la capacitación para intervenir en el delicado
proceso de transformación
c)
Dar una dimensión
regional a dicha formación, focalizando
su contenido en las cuestione especificas de nuestro
estadio de desarrollo, según los estilos
deseados y convenientes devolución y detectando
las modalidades de intervención afines
a su propia identidad socio-cultural e histórica.
d)
Propender a
la creación de masa critica a nivel de
recursos humanos para la formación ambiental.
Objetivos
Específicos
Para el logro
de sus propósitos, se procura alcanzar
los siguientes Objetivos Específicos:
a) Formar
recursos humanos a
nivel de grado y post-grado en el enfoque y el
conocimiento globalizador e integrador de las
ciencias ambientales, tanto del ambiente urbano,
como rural desde la micro a la macro escala.-
b) Promover
y realizar investigaciones
aplicadas y proyectos en los ámbitos nacionales
y regionales.
c) Promover
la educación
y la divulgación ambiental.
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ARTICULO
TERCERO Para
la realización de los propósitos
enunciados en el articulo anterior se proceder
de acuerdo con los siguientes principios:
a) Igualdad
de todos las Asociaciones Miembros según
su categoría
b) Respeto
y cumplimiento por parte de los Miembros al presente
Estatuto y su Reglamentación, resoluciones
de las Asambleas, Consejo Directivo y Mesa Directiva
c) Colaboración
y ayuda entre los Miembros de la Federación
d) No
intervención en los asuntos de jurisdicción
interna de las Asociaciones Miembros, en cuanto
no signifiquen una actitud incompatible con el
Estatuto. |
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CAPÍTULO
SEGUNDO: Capacidad y Patriminio |
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ARTICULO
CUARTO La Federación,
para el ejercicio de sus funciones y la realización
de sus propósitos tiene la capacidad necesaria
de adquirir bienes, enajenarlos y constituir sobre
ellos gravámenes de cualquier naturaleza,
como también celebrar todo acto jurídico
necesario o conveniente para el cumplimiento de
su propósitos. |
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ARTICULO
QUINTO El
patrimonio se compone
a) De
las cuotas y contribuciones que abonen sus Miembros
b)
De aportes o
donaciones realizados por terceros
c) De
los bienes que adquiera por cualquier titulo.
La Federación podrá adquirir bienes
afectándolo al uso exclusivo de uno o
mas miembros, cuando los recursos provengan
de cuotas o contribuciones aportadas a esa Asociación
Miembro. |
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