Estatuto de FLACAM

  
Estatuto constitutivo
 
CAPÍTULO PRELIMINAR
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>> ARTICULO PRIMERO  La Federación - agrupación de Asociaciones civiles americanas y europeas constituidas legalmente de acuerdo a la legislación vigente en cada país, no gubernamentales sin fines de lucro, que por el presente Estatuto se constituye se denominará FORO LATINOAMERICANO DE CIENCIAS AMBIENTALES "FLACAM" y fija su domicilio en la República Argentina, Ciudad de La Plata, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires , Argentina.
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  CAPÍTULO PRIMERO: Propósitos y Fines
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>> ARTICULO SEGUNDO Son propósitos de la Federación dar respuesta a diversas aspiraciones en el campo de las ciencias ambientales, los cuales refieren a cuestiones que hacen a la evolución del pensamiento y la ciencia y a la necesidad de modernizar los procedimientos educativos; en términos‚ sintéticos pueden describirse de la siguiente manera :
a) Responder a la necesidad de desarrollar las ciencias ambientales, en sus aspectos teóricos doctrinarios y epistemológicos, pero en especial en su aporte a la praxis de transformación beneficiosa del ambiente humano.
b) Provocar la actitud proyectual, o de investigación y acción en dicha praxis a cuyo efecto ser necesario formar recursos humanos capacitados para intervenir en todo el proceso de actuación desde la concepción de que‚ es necesario transformar, pasando por el donde, para que, con quien el como, en la responsabilidad de que la gestión del ambiente reclama una clara formación y evidente experiencia para afrontar todos y cada uno de los aspectos integradores de su problemática, pero sobre todo exige la capacitación para intervenir en el delicado proceso de transformación
c) Dar una dimensión regional a dicha formación, focalizando su contenido en las cuestione especificas de nuestro estadio de desarrollo, según los estilos deseados y convenientes devolución y detectando las modalidades de intervención afines a su propia identidad socio-cultural e histórica.
d) Propender a la creación de masa critica a nivel de recursos humanos para la formación ambiental.

Objetivos Específicos
Para el logro de sus propósitos, se procura alcanzar los siguientes Objetivos Específicos:
a) Formar recursos humanos a nivel de grado y post-grado en el enfoque y el conocimiento globalizador e integrador de las ciencias ambientales, tanto del ambiente urbano, como rural desde la micro a la macro escala.-
b) Promover y realizar investigaciones aplicadas y proyectos en los ámbitos nacionales y regionales.
c) Promover la educación y la divulgación ambiental.
>> ARTICULO TERCERO Para la realización de los propósitos enunciados en el articulo anterior se proceder de acuerdo con los siguientes principios:
a) Igualdad de todos las Asociaciones Miembros según su categoría
b) Respeto y cumplimiento por parte de los Miembros al presente Estatuto y su Reglamentación, resoluciones de las Asambleas, Consejo Directivo y Mesa Directiva
c) Colaboración y ayuda entre los Miembros de la Federación
d) No intervención en los asuntos de jurisdicción interna de las Asociaciones Miembros, en cuanto no signifiquen una actitud incompatible con el Estatuto.
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  CAPÍTULO SEGUNDO: Capacidad y Patriminio
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>> ARTICULO CUARTO La Federación, para el ejercicio de sus funciones y la realización de sus propósitos tiene la capacidad necesaria de adquirir bienes, enajenarlos y constituir sobre ellos gravámenes de cualquier naturaleza, como también celebrar todo acto jurídico necesario o conveniente para el cumplimiento de su propósitos.
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ARTICULO QUINTO El patrimonio se compone
a) De las cuotas y contribuciones que abonen sus Miembros
b) De aportes o donaciones realizados por terceros
c) De los bienes que adquiera por cualquier titulo. La Federación podrá adquirir bienes afectándolo al uso exclusivo de uno o mas miembros, cuando los recursos provengan de cuotas o contribuciones aportadas a esa Asociación Miembro.

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